PRONUNCIAMIENTO: POSICIONAMIENTO FRENTE AL PROYECTO DE LEY No. 266 DE 2021 SENADO Y 393 DE 2021 CAMARA.

POSICIONAMIENTO FRENTE AL PROYECTO DE LEY No. 266 DE 2021 SENADO Y 393 DE 2021 CAMARA “POR MEDIO DE LA CUAL SE DICTAN NORMAS TENDIENTES AL FORTALECIMIENTO DE LA SEGURIDAD CIUDADANA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”

El pueblo Nasa de la Cxhab Wala Kiwe (territorio del gran pueblo), representado por las veintidós (22) Autoridades Ancestrales y los 7 Thu’thenas we’sx, por medio del presente manifestamos nuestra voz de protesta y rechazo frente al proyecto de ley en referencia, que fue aprobado por el congreso el pasado 21 de diciembre de 2021.

Nuestros argumentos versan en las disposiciones a las que hace referencia dicho proyecto de ley, cuando establece modificaciones a penas por instigación y amenaza en situaciones de obstrucción de vías, reprimiendo el derecho fundamental a la protesta social, o al daño en bien ajeno cuando manifiesta que la sanción puede ser incrementada en un 50% si la persona tiene el rostro cubierto con máscaras o algún elemento que impida reconocer su identidad.

Pero sobre todo por la polémica aceptación de la legitima defensa privilegiada que exonera de responsabilidad penal a quien asesine a un invasor de propiedades privadas, con las cuales se concede legalidad a prácticas paramilitares, presentados en mayor proporción en contextos donde prevalece la concentración de la tierra en manos de terratenientes, empresarios e industriales.

Como víctimas del abandono estatal, generador del estallido social de las diferentes movilizaciones de la organización indígena y en particular, los hechos presentados en la ciudad de Cali durante la Minga Social, Popular y Comunitaria desarrollada para la reivindicación de los derechos de la sociedad, entre los meses de mayo y junio del año en curso; reiteramos la necesidad de que la Corte Constitucional lleve a cabo el control constitucional del proyecto de Ley para el fortalecimiento de la seguridad ciudadana, por considerarse regresivo de los derechos constitucionales a la vida (artículo 11), prohibición de tratos crueles, inhumanos o degradantes (artículo 12), la libertad de expresión (artículo 20) , la protesta social (artículo 37) y la participación democrática (artículo 40).

Con ello aclaramos que la organización indígena, no legitima, no promueve y tampoco comparte conductas violentas, criminales que alteran el orden y afectan los bienes de uso público, no obstante, nos preocupa la legitimación de la violencia estructural que persigue este proyecto de ley, a través de la materialización de facultades represivas en cabeza del gobierno nacional a través de la Policía Nacional y el Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD).

En consecuencia, instamos a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos – CIDH para que verifiqué el cumplimiento de las recomendaciones impartidas en su visita a Colombia en el mes de junio de 2021, en el marco de las protestas presentadas a nivel nacional; a la   Corte Constitucional a garantizar los derechos constitucionales y en específico, el derecho fundamental a la protesta social; a las organizaciones defensoras de Derechos Humanos nacionales e internacionales a estar atentos frente a los efectos jurídicos y lesivos que pretende el proyecto de Ley; y en general a todo el Pueblo colombiano para que se agoten las acciones tendientes a materializar el rechazo de este último.

“Cuenten con nosotros para la paz nunca para la guerra”

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